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Guatemala, 7 de octubre del 2021. En el Diario Oficial se publicó este día el Acuerdo Ministerial 193-2021, en donde se indica que luego de los análisis técnicos realizados por las dependencias del Ministerio de Salud, sobre la situación actual de las circunstancias que motivaron la emisión de los acuerdos en donde se restringía el ingreso de personas provenientes de Brasil, Reino Unido, Irlanda del Norte y Sudáfrica, se consideró pertinente derogar los Acuerdos Ministeriales 88-2021 y 116-2021, ambos emitidos por la cartera de salud.

Por lo que el Instituto Guatemalteco de Migración, informa que para ingresar a territorio guatemalteco se deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Pasaporte vigente en buen estado;
– La visa correspondiente (están exentos de visa para ingresar a Guatemala la categoría (A)
– Realizar la entrevista respectiva.
– Demostrar solvencia económica (tarjetas de crédito o efectivo que respalde su estadía para fines de turismo en el país o si es por razones de negocio, demostrar a través de la documentación correspondiente para el efecto y la presencia del garante que está asumiendo la responsabilidad económica del extranjero. Debe ser congruente con lo manifestado por el visitante en el país.
– Reservación de hotel o constancia en donde será su estadía en el país.
– Presentar su boleto de regreso u otro medio de transporte que garantice su salida del país.
– Prueba negativa de COVID19 (PCR o antígeno) Si la persona esta vacunada puede ingresar con el carnet de vacunación completo, debe tener mínimo dos semanas de haberse colocado la vacuna