Legislación Migratoria Nacional
Código de Migración
El Estado de Guatemala reconoce y garantiza la libertad de toda persona de entrar, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia sin más limitaciones que las que se establezcan en las leyes. Asimismo, que es su deber garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, razón por la cual el Estado se organiza para proteger a la persona y la familia siendo su fin supremo el bien común.
Política Migratoria de Guatemala
Contar con una Política Migratoria abre una ventana de oportunidad y constituye un avance crucial para la gobernanza de las migraciones, permitiendo que el Estado de Guatemala pueda abordar y accionar sobre las necesidades y garantizar los derechos de todas las personas migrantes, con énfasis en aquellas en situación de vulnerabilidad, procurando que la migración sea digna, segura, ordenada y regular.
→ Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. AMN 009-2023, Emitir Política Migratoria.
Ley del Sistema Alba-Keneth, Decreto Número 28-2010 del Congreso de la República de Guatemala.
Reglamento de la Ley del Sistema de Alerta Alba Keneth, Acuerdo Gubernativo Número 14-2023.
Reglamento de la Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas, Acuerdo Gubernativo 42-2023.
Ley de Migración, Decreto Número 95-98 del Congreso de la República de Guatemala.
Reformas a la Ley de Migración, Decreto Número 5-2022 del Congreso de la República de Guatemala.