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• Formulario de solicitud de Pasaporte impreso firmado por el tercero, quien ejerce representación legal y se presente a tramitar el pasaporte.

• Boleta de pago original (para menores aplica $50 USD) emitida por el banco autorizado, pudiéndose realizar el pago en sede bancaria o en el sistema de banca en línea(impresa). (si la boleta física o electrónica generada se ha extraviado, puede presentar certificación de boleta de pago, emitida por la Subdirección Financiera del Instituto Guatemalteco de Migración.

• Certificado de Nacimiento del Menor de Edad con vigencia de seis meses en original. (si el menor de edad fuere hijo de padres guatemaltecos, pero nacido en el extranjero, deberá traer la anotación del artículo 144 de la Constitución Política de la República de Guatemala.)

• Documento de Identificación Personal, original, del representante legal que se presente a la gestión de emisión, renovación, reposición y/o extensión de pasaporte guatemalteco del menor y copia del documento de identificación de los padres quienes dieron su autorización.

Si los padres son de nacionalidad Guatemalteca: DPI AZUL

Si los Padres son Extranjeros: a) Turistas: Pasaporte Vigente b) Residentes Temporales ó permanentes: DPI Extranjero Domiciliado ROSADO

ACREDITAR DOCUMENTALMENTE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE UN TERCERO CUANDO NO ESTÉN PRESENTES LOS PADRES SEGÚN SEA EL CASO:

b) Si se encuentran fuera del Territorio Nacional:

Debe presentar:

1.- Carta Consular vigente, debidamente autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Testimonio de la Protocolización del Documento Proveniente del Extranjero que contiene Mandato Especial con Representación debidamente inscrito en el Registro electrónico de Poderes, en original y copia autenticada. En el Mandato debe figurar el consentimiento del padre y la madre quienes otorgan su autorización para la gestión de emisión, renovación, reposición y/o extensión de pasaporte guatemalteco ante el Instituto Guatemalteco de Migración. Debe escanearse y presentar impresión del documento con el que se identificaron los mandantes. Asimismo, si el documento proveniente del extranjero fue faccionado por Notario extranjero debe venir apostillado por el país en donde se emitió, y si fue elaborado por Notario guatemalteco no necesita apostillar, pero debe cumplir con todas las normas establecidas en la ley guatemalteca.