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Residentes permanentes deben de realizar su cuota anual de extranjería

Guatemala 28 de noviembre de 2024. Las personas registradas como Residentes Permanentes en el país, deben de realizar un pago anual de extranjería, para cumplir con el acuerdo IGM 092-2022 (Aprobado por acuerdo de Autoridad Migratoria AMN 08-2022), el cual establece que “todas las personas que posean un estatus de residencia permanente guatemalteca deberán realizar el pago de la cuota anual de extranjería”. Lo anterior contribuye a mantener un estatus regular en el país y evitar multas o sanciones establecidas en ley.

¿Dónde se realiza el trámite?

Todos los extranjeros que obtienen su residencia permanente, adquieren la obligación del pago correspondiente según el tarifario vigente que es de 40 dólares. El trámite debe efectuarse únicamente en las oficinas de atención al público de la Subdirección de Extranjería, ubicadas en el segundo nivel del Edificio Central de Migración, en la 6 avenida, 3-11, Zona 4 de Ciudad de Guatemala.

En este lugar, deben de presentar el formulario de actualización de datos para residentes permanentes, DPI, Pasaporte vigente y documentos que correspondan de conformidad a la residencia que hayan aplicado, con esto, se emite una boleta de pago, la cual debe ser cancelada en la agencia bancaria que se encuentra en el primer nivel de dicho edificio, o bien, puede realizar el pago desde su banca virtual de Banrural.

La obligatoriedad del pago anual de extranjería para los residentes permanentes, está establecida en el artículo 45 del Acuerdo AMN 08-2022. Es una obligación que surge al momento que el extranjero adquiere el estatus ordinario migratorio de residente permanente.

Este trámite es personal, o bien, podrá realizarlo un tercero, presentando el documento de identificación del residente.

Nota importante: La boleta de cuota anual de extranjería se proporciona únicamente si presenta todos los requisitos de actualización de datos, los cuales pueden ser consultados en el portal web igm.gob.gt.