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Guatemala, 18 de julio de 2024. El Instituto Guatemalteco de Migración informa los requisitos para el egreso de niños, niñas y adolescentes guatemaltecos del país por vía aérea, terrestre o marítima, en cumplimiento al Código de Migración.

Si un menor de edad saldrá del país es obligatorio presentar su pasaporte vigente y una certificación de nacimiento vigente emitida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP). Si viaja acompañado de ambos padres no necesita ninguna autorización adicional.

En caso de viajar acompañado únicamente por uno de los progenitores deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos, otorgado por el padre que no acompaña:

·       Mandato (Original y copia)

·       Acta de declaración jurada (Original)

·       Carta poder con firma legalizada (Original)

·       Documento emitido por la autoridad diplomática o consular competente de Guatemala en el exterior. (Original)

·       Documento emitido por autoridad jurisdiccional competente que autorice la salida del menor o cualquier otra circunstancia extraordinaria en materia migratoria. (Copia)

Si es acompañado de una tercera persona debe presentar cualquiera de las autorizaciones anteriores emitida por ambos padres, de manera conjunta o por separado.

Si uno de los progenitores hubiese fallecido deberá presentarse certificado de defunción emitido por el RENAP y, en caso que el progenitor superviviente no lo acompañe, cualquiera de las autorizaciones mencionadas anteriormente.