Loading

Atención extranjeros, ¿Sabe cómo ampliar su estadía en Guatemala?

Guatemala, 12 de febrero de 2025. De acuerdo con el artículo 74 del código de migración, las personas extranjeras (turistas o viajeros) que hayan ingresado al país de forma regular “pueden permanecer en Guatemala por un plazo no mayor a 90 días, prorrogable una vez”. Es importante cumplir con esta normativa para evitar sanciones.

Si alguna persona extranjera desea o necesita permanecer por más tiempo en el territorio Nacional, el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) pone a su disposición las siguientes opciones:

Prórroga de visa de turista o viajero

Para ampliar el tiempo de estadía con una prórroga de visa por, hasta 90 días más, debe presentarse a las oficinas de la Subdirección de Extranjería en la sede central del IGM (6 Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala, Nivel 2), en la Zona 4 con estos requisitos:

• Formulario de solicitud de prórroga de visa
• Pasaporte válido y vigente con el sello del último ingreso a Guatemala. (Si perdió su pasaporte en Guatemala, puede presentar un documento de viaje válido y vigente.)
• Boleto de viaje, tarjeta de crédito internacional o constancia de garante guatemalteco
• Comprobante de pago de $25.00.
• Si el solicitante es menor de 18 años: Fotocopia simple del documento de identificación de uno o ambos padres, o de quien ejerza la representación legal.

Puede programar su cita y descargar el formulario en el sitio web igm.gob.gt.

Residencia temporal:

Si considera que necesita más de 90 días en el país, previo al vencimiento de su estadía, es necesario aplicar al estatus migratorio ordinario por residencia temporal que más le convenga de acuerdo con la intención de su permanencia, como trabajador, estudiante, deportista o artista, inversionista, intelectual, investigador y científico o ministro de culto religiosos, todas por un plazo de hasta 5 años.

Puede validar los formularios y requisitos de la residencia deseada en: https://igm.gob.gt/formularios-tramites-de-extranjeria . Asegúrese de cumplir los requisitos y presentar la documentación completa, planifique su solicitud.

Sin embargo, si desea ampliar la estadía en Guatemala como residente, por un plazo mayor a cinco años, deberá aplicar a una residencia permanente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 78 del Código de Migración.

Para mayor información visite igm.gob.gt o consulte nuestras redes sociales @MigraciónGuate. Recuerde que cumplir la normativa migratoria le evita inconvenientes y asegura su estadía regular en el país.